20 de diciembre de 2016

Santo Domingo RD. El presidente Danilo Medina observó por segunda vez el Código Penal aprobado por el Senado, que establece la penalización del aborto sin excepciones.

Mediante una carta remitida al presidente de la Cámara Alta, Reinaldo Pared Pérez, el mandatario propone la despenalización del aborto en caso de violación, incesto o malformaciones congénitas incompatibles con la vida, argumentando que se trata de verdaderas tragedias que escapan a la voluntad de cualquier mujer.

Indica que las observaciones no tienen como finalidad imponerle a la mujer embarazada en tales circunstancias la obligación de elegir la interrupción del embarazo, sino permitirle en condiciones de salubridad y seguridad para su vida, decidir sin temor a que la sanción penal se añada a la tragedia que ha tenido que sufrir.

“Se trata de permitirle ser acompañada en su decisión por personal médico, capaz y especializado, que le permita superar en las mejores condiciones la tragedia vivida”.

El jefe de Estado manifiesta en su misiva que “ninguna mujer quiere enfermar de gravedad en el embarazo, tampoco ser violada, ni mucho menos que la criatura sufra deformaciones que hagan imposible después del nacimiento”.

Dijo que como Presidente no puede dejar de plantearse qué hacer frente a situaciones extremas que afectan severamente la dignidad, la integridad y la propia vida de la mujer, cuando se trata de ciertas circunstancias excepcionales que requieren de tratamiento.

“Se trata de circunstancias extremas, lamentables, pero que ocurren en la vida diaria, a lo cual nosotros, como representantes legítimos del pueblo, debemos dar respuestas de conformidad con la Constitución y con nuestros propios valores”, dice.

Eximentes

Asimismo, el jefe de Estado sugiere a los legisladores que el artículo 110 de eximentes, no penalice la interrupción del embarazo cuando se agoten todos los medios científicos y técnicos disponibles para salvar la vida de la madre y la criatura, hasta donde sea posible.

Igualmente que no sea punible el aborto, en los casos en que el embarazo sea el resultado de una violación, rapto, estupro, incesto, siempre que se practique dentro de las primeras doce semanas de gestación y que el mencionado hecho punible, hubiere sido denunciado, o sea, manifiesto que la víctima ha estado en la imposibilidad de hacer la denuncia.

Tampoco deberá ser penalizado en los casos de malformaciones congénitas, clínicamente establecida, y la vida del concebido se considere inviable.

En el documento, el mandatario sugiere al Ministerio de Salud adoptar el protocolo médico correspondiente a los casos de responsabilidad penal. 



Fuente: http://www.elcaribe.com.do/
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El presidente dominicano Danilo Medina observa el Código Penal por penalización del "aborto"

Santo Domingo RD. El presidente Danilo Medina observó por segunda vez el Código Penal aprobado por el Senado, que establece la penalización del aborto sin excepciones.

Mediante una carta remitida al presidente de la Cámara Alta, Reinaldo Pared Pérez, el mandatario propone la despenalización del aborto en caso de violación, incesto o malformaciones congénitas incompatibles con la vida, argumentando que se trata de verdaderas tragedias que escapan a la voluntad de cualquier mujer.

Indica que las observaciones no tienen como finalidad imponerle a la mujer embarazada en tales circunstancias la obligación de elegir la interrupción del embarazo, sino permitirle en condiciones de salubridad y seguridad para su vida, decidir sin temor a que la sanción penal se añada a la tragedia que ha tenido que sufrir.

“Se trata de permitirle ser acompañada en su decisión por personal médico, capaz y especializado, que le permita superar en las mejores condiciones la tragedia vivida”.

El jefe de Estado manifiesta en su misiva que “ninguna mujer quiere enfermar de gravedad en el embarazo, tampoco ser violada, ni mucho menos que la criatura sufra deformaciones que hagan imposible después del nacimiento”.

Dijo que como Presidente no puede dejar de plantearse qué hacer frente a situaciones extremas que afectan severamente la dignidad, la integridad y la propia vida de la mujer, cuando se trata de ciertas circunstancias excepcionales que requieren de tratamiento.

“Se trata de circunstancias extremas, lamentables, pero que ocurren en la vida diaria, a lo cual nosotros, como representantes legítimos del pueblo, debemos dar respuestas de conformidad con la Constitución y con nuestros propios valores”, dice.

Eximentes

Asimismo, el jefe de Estado sugiere a los legisladores que el artículo 110 de eximentes, no penalice la interrupción del embarazo cuando se agoten todos los medios científicos y técnicos disponibles para salvar la vida de la madre y la criatura, hasta donde sea posible.

Igualmente que no sea punible el aborto, en los casos en que el embarazo sea el resultado de una violación, rapto, estupro, incesto, siempre que se practique dentro de las primeras doce semanas de gestación y que el mencionado hecho punible, hubiere sido denunciado, o sea, manifiesto que la víctima ha estado en la imposibilidad de hacer la denuncia.

Tampoco deberá ser penalizado en los casos de malformaciones congénitas, clínicamente establecida, y la vida del concebido se considere inviable.

En el documento, el mandatario sugiere al Ministerio de Salud adoptar el protocolo médico correspondiente a los casos de responsabilidad penal. 



Fuente: http://www.elcaribe.com.do/