
El Congreso Nacional en República Dominicana y sus
instituciones gubernamentales, han dejado de lado y no han regulado los
servicios que ofrecen las empresas de Valet Parking y sus responsabilidad
social, contractual, ni nada que ver con poner orden en esta nueva forma de
negocios y de las cuales, algunas personas “entregan” las llaves de sus
vehículos al visitar un bar, restaurante, discoteca u otros negocios.
De los mismos salen personas en evidente estado de
ebriedad, con serias limitaciones físico-motoras y psíquicas con la intención
de manejar una poderosa arma letal, que es su vehículo en marcha, muy
posiblemente a altas velocidades y con poder para causar destrucción de vidas y
propiedades.
Si se regulara el servicio de Valet Parking mediante
una ley especial, estas empresas podrían estar autorizadas no solamente a
retener la entrega de las llaves a un conductor ebrio, sino también con la
obligación de llamar a la policía o al servicio de emergencias 911.
Si no hay un régimen de consecuencias y
legislaciones previas, todos intentáramos evadir la responsabilidad por el
hecho cometido por otro, pero que viene derivado de la imprudencia o
negligencia de un establecimiento de venta de bebidas alcohólicas, que no tenía
responsabilidad por venta o suministro excesivo de alcohol a una persona.
Si una persona, al llegar a un establecimiento, no
le entrega las llaves de su vehículo a los Valet Parking del establecimiento
comercial, no hace ninguna responsabilidad contractual del Valet Parking –
Propietario del vehículo, pero si es al revés, donde el conductor entrega las
llaves, sale borracho y el Valet Parking lo aprecia, a pesar de todo solo
atiende a su propina, no le importa lo demás, y el conductor ebrio causa un
accidente, daños a la propiedad ajena y muertes, no solo deberá ser
responsabilidad del conductor y del propietario del vehículo, sino también el
que colaboro a original el resultado material ocasionado.
Cuando el problema pasa, entran muchas hipótesis en
busca de responsabilidades y de culpables y se discute si el establecimiento
comercial tiene responsabilidad por permitir que el conductor reciba las llaves
a través de los Valet Parking en el estado que se encuentra, o si el
establecimiento le vendió mas alcohol del debido, o si el establecimiento
permaneció vendiéndole bebidas alcohólicas después de la hora establecida
mediante resolución para el cierre del establecimiento.
En República Dominicana sin una ley previa, no se
puede establecer sanción, y lo que la ley no prohíbe está permitido.
Entonces ¿es necesario o no
regir y regular los servicios de Valet Parking?
Si tuviéramos una ley, los dueños de los
establecimientos comerciales, las empresas de Valet Parking y sus empleados,
estarían obligados a retener las llaves de los vehículos de los conductores
ebrios, sin incurrir en violación al derecho de propiedad, porque el fin seria
proteger derechos colectivos como el de la inviolabilidad de la vida, la
seguridad personal y familia y otros que pueden ser afectados por conductores
borrachos al salir manejando un vehículo de un centro de expendio de bebidas alcohólicas.
Mientras esperamos por una ley, seguimos sin
obligación contra el imprudente borracho y las empresas de Valet Parking se
justifican que no pueden retener las llaves, los dueños de negocios también dirán
que no saben de eso, y a Dios que reparta suerte, mientras tanto sálvese quien pueda,
porque si existiera una ley, el criterio sería diferente, cada cual tiene
responsabilidad en su accionar, cuida su empresa, salva vidas inocentes, y
cuando no hay ley nadie le tema a las consecuencias de sus acciones, si hay
ley, toman medidas para no ser sancionados.
Por mi parte, este es uno de los varios artículos
con los que intento llamar la atención de nuestros legisladores y en los cuales
les abordaré diversos temas relacionados a los Valet Parking, sus
responsabilidades, obligaciones y regulaciones.
POR: CÉSAR AMADEO PERALTA
Abogado